"Ya se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la nueva Ley de Seguridad Vial que entrará en vigor a partir del 9 de mayo, excepto en lo relativo al apartado de los nuevos límites de velocidad y su cuadro de sanciones, como se recoge en la disposición final cuarta:
“Esta ley entrará en vigor en un plazo de un mes a contar desde el siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, salvo el apartado treinta y seis del artículo único, cuya vigencia queda demorada hasta la entrada en vigor de la modificación del Reglamento General de Circulación, aprobado por Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre”.
Algunas de las infracciones que entran en vigor a partir del 9 de mayo y que restarán puntos son las siguientes:
Aquí tenéis la nueva tabla completa de sanciones:
- Adelantamiento: 200€ y 4 puntos.
- Alcoholemia (+0,50 mg/l): 1000€ y 6 puntos.
- Alcoholemia (-0,50 mg/l): 500€ y 4 puntos.
- Alcoholemia reincidentes: 1000€ y 6 puntos.
- Drogas y sustancias estupefacientes: 500€ y 6 puntos.
- No Someterse a pruebas: 1000€ y 6 puntos.
- Casco (motoristas): 200€ y 3 puntos.
- Casco (ciclistas menos 16 años): 200€ y 0 puntos.
- Cinturón: 200€ y 3 puntos.
- Conducción negligente: 200€ y 0 puntos.
- Conducción temeraria: 500€ y 6 puntos.
- Distancia de seguridad: 200€ y 4 puntos.
- Estacionamiento: 0-100€ y 0 puntos.
- Estacionamiento grave: 200€ y 0 puntos.
- Luces: 200€ y 0 puntos.
- Móvil: 200€ y 3 puntos.
- No obedecer al agente: 200€ y 4 puntos.
- Semáforo: 200€ y 4 puntos.
- Sentido contrario: 500€ y 6 puntos.
- Stop: 200€ y 4 puntos.
- Detectores de radar: 200€ y 3 puntos.
- Inhibidores de radar: 6000€ y 6 puntos.
- Inhibidores en tiempos de conducción y descanso: 500€ y 6 puntos.
- Exceso en tiempos de conducción: 500€ y 6 puntos.
- Conducir con permiso o licencia que no habilite para ello: 200€ y 4 puntos.
- Arrojar objetos a la vía: 200€ y 4 puntos.
- Marcha atrás en autovías y autopistas: 200€ y 4 puntos.
- Caja mal acomodada: 200€ y 0 puntos.
El cuadro de sanciones relativas a los nuevos límites de velocidad será el siguiente (se aplicará una vez modificado el Reglamento General de Circulación, sin que, de momento, haya fecha para ello):
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Fuente: Dvuelta.
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