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martes, 18 de marzo de 2014

NO SERA NECESARIA UNA PRUEBA DE TRAFICO PARA RECUPERAR LOS PUNTOS

"Durante el debate en el pleno de la Cámara del proyecto de ley de reforma de la Ley de Tráfico, el PP ha decidido, en aras de lograr el mayor acuerdo posible, retirar esa enmienda pese a que ya había sido incluida en el texto que salió de la comisión.

Como consecuencia de ello, también ha retirado las enmiendas que permitían abrir a más centros la posibilidad de impartir los cursos para la recuperación de puntos y, por tanto, se vuelve al actual régimen de concesión que limita la cifra a un cupo.

No obstante, tanto los portavoces del PP en el debate, Luis Aznar, como del PSOE, Enrique Cascallana, han dicho a Efe que están abiertos a que pueda aumentarse esa cifra para que más autoescuelas puedan acceder a esa concesión.

Ambos han explicado que una vez que se ha decidido no liberalizar los cursos lo lógico es que los conductores tampoco tengan que pasar una prueba en Tráfico toda vez que los centros que los imparten ofrecen las suficientes garantías.

Tras la aprobación por 139 votos a favor, 60 en contra y 8 abstenciones, el proyecto de ley volverá al Congreso para que dé luz verde a las modificaciones introducidas en el Senado, entre ellas la que amplía de 15 a 20 días el plazo para pagar de forma voluntaria las multas, o la que impide la inmovilización de las bicis cuando su conductor no haga uso del casco de protección. Precisamente, y por un acuerdo de PP y CiU, el proyecto blinda la obligatoriedad de portar casco de bici en ciudad para los menores de 16 años a fin de que este precepto no pueda sufrir modificaciones en el Reglamento posterior. 

Una vez que la reforma de ley sea aprobada definitivamente, se endurecerán las sanciones por consumo de alcohol y drogas al volante. Así, superar la tasa máxima de alcohol se multará con 500 euros, pero si se duplica o el conductor es reincidente en el periodo de un año tendrá que pagar 1.000 euros, la misma cifra con la que se castigará la conducción bajo los efectos de las drogas, excluidas las utilizadas bajo prescripción médica.Por otro lado, la reforma de la norma abre la puerta a la modificación de los límites de velocidad, que quedarán fijados en el nuevo Reglamento de Circulación, cuyo debate se iniciará una vez se apruebe la ley.

Tráfico quiere subir hasta los 130 kilómetros por hora el límite máximo de velocidad en autovías y autopistas, pero solo en determinados tramos y circunstancias, y rebajar en diez kilómetros por hora los límites máximos en las carreteras secundarias, así como fijar en 20 o 30 km/h los de algunas calles de las ciudades.
La ley prohíbe los detectores de radar, según el texto, que regula también los sistemas de retención infantil, que pasan de un sistema de edad a uno de talla, con una previsión de 135 centímetros, salvo excepciones.

Se crea asimismo el Consejo Superior de Seguridad Vial y la Conferencia Sectorial en esta materia.
Antes del debate de las enmiendas parciales (un total de 252), el pleno ha rechazado el veto presentado por los senadores de Izquierda Unida, quienes han criticado las "prisas" y "furor" del Gobierno por aprobar la reforma, que "gira en torno de al dominio absoluto del automóvil", según el senador Jesús Iglesias.

Por el PP, tanto Aznar como José Joaquín Peñarrubia han defendido el proyecto y la voluntad de su grupo de consensuarlo lo más posible.Frente a las críticas de la oposición de que la ley no favorece el uso de la bici, los senadores del PP han recordado que el PSOE no se atrevió a incorporar medidas en las reformas de la normativa de 2005 y 2009.

Y respecto a la oposición a que se suba la velocidad máxima por, entre otras cosas, el coste económico y medioambiental, Peñarroya ha dicho que "si se hace, que no es seguro, no se hará de forma chapucera ni con pegatinas", como cuando se rebajó a 110 por "capricho del señor Rubalcaba".


"Lo haremos inteligentemente, con paneles electrónicos que existen y sin coste alguno", ha resaltado.Mientras, Enrique Cascallana, del PSOE, ha lamentado el afán recaudatorio de la ley, la falta de diálogo del Gobierno, la preponderancia del uso de los vehículos a motor y la voluntad de aumentar los límites máximos de velocidad cuando es uno de los factores que más incide en la siniestralidad."
Fuente: EFE


viernes, 8 de marzo de 2013

NUEVA MODIFICACION DE LA LEGISLACION DE TRAFICO


Nueva e importante modificación de la legislación de tráfico. Hay importantes variaciones en cuanto a la velocidad máxima, a los detectores e inhibidores de radares y al uso del cinturón de seguridad por parte de aquellos que estaban exentos.

A falta de la redacción definitiva y su definitiva aprobación, se pueden sacar las siguientes conclusiones tras una lectura rápida del borrador de la norma, con fecha 25 de febrero y que quiere ser aprobada en unos dos meses:


Velocidad máxima
  • Velocidad máxima de 130 Km/h en ciertos tramos de autovías y autopistas de "forma temporal" en los que existan "índices contrastados de seguridad, buenas condiciones de trazado y paviementación, y óptimas condiciones meteorológicas y ambientales". Todo indica que el aviso de 130 Km/h será señalado por paneles luminosos.
  • Se suprime la limitación de 100 Km/h para las carreteras convencionales.
  • Velocidad máxima de 70 Km/h para vías con plataforma inferior a 6,5 metros de ancho con marca longitudinal de separación de carriles. En caso de no haberlo, el límite será 50 Km/h.
  • Limitación de 30 Km/h en vías urbanas de un solo carril por sentido de circulación. En caso de haber plataforma única y acera el límite será de 20 Km/h. En el resto de los casos se mantiene en los 50 Km/h actuales. El texto justifica este último apartado por "la pacificación del tráfico urbano, la potenciación del uso de la bicicleta y la reducción de la siniestralidad en los cascos urbanos".

Radares

La DGT prevé prohibir vía reglamentaria los detectores de radares que se instalan en los vehículos y que son capaces de avisar al conductor mediante señales acústicas de la presencia de un radar.

Así lo prevé el articulo 26 del proyecto de Reglamento General de Circulación que "prohíbe que en los vehículos se instalen mecanismos o sistemas, lleven instrumentos o se acondicionen de forma encaminada a eludir la vigilancia de los agentes de trafico o que se emitan o hagan señales con dicha finalidad, así como la utilización de mecanismos de detección de radar".

Ser sorprendido con uno de estos aparatos instalado en el coche estará considerado si se aprueba esta nueva ley, como una infracción "grave" o "muy grave".

Lo llamativo del caso es que los detectores de radar están amparados por la Ley de Seguridad Vial que entro en vigor el 25 de Mayo de 2.010. De hecho, el anterior director general de Trafico, Pere Navarro, tuvo que enviar una circular a la Agrupación de Trafico de la Guardia Civil para aclarar a los agentes que los detectores de radar no estaban prohibidos.

Si finalmente Trafico decidiera mantener esta modificación en su reglamento, ahora en periodo de alegaciones, la DGT se vería obligada a cambiar la Ley de Seguridad Vial. Hasta ahora lo único que estaba expresamente prohibido por la ley era llevar instalado en el coche un inhibidor de radar, que cuenta con un mecanismo que interfiere el correcto funcionamiento del cinemometro. Llevar uno en el coche esta multado actualmente con 6.000 euros y seis puntos de carnet.

No obstante ante la sospecha desde hace algún tiempo, de que pudieran suprimirse los detectores de radar, ya existen en el mercado algunos aparatos que, en caso de cambio normativo, podrían tener una actualización de su software que deshabilitase la función de detección  pasando a ser un mero avisador de radar (por GPS mas una base de datos) y que no podrían ser sancionados.

Estos dispositivos están al alcance de muchos, ya que uno de cierta calidad puede llegar a costar unos 300 euros aproximadamente.


Fuera pantallas

El nuevo reglamento de Circulación que prepara Trafico recoge también expresamente la prohibición de que el conductor utilice pantallas, monitores de televisión  reproductores de imágenes o cualquier tipo de dispositivo similar que disminuya la atención en el momento de conducir.

Se exceptúa "el uso de monitores que estén a la vista del automovilista y cuya utilización sea necesaria para la visión de la subida o bajada de pasajeros o para la visión en vehículos con cámara de maniobras, así como la visualización de los dispositivos de navegación". También prohíbe conducir con cascos o auriculares conectados a aparatos o reproductores de sonido.

Uso del cinturón de seguridad

Los taxistas, distribuidores de mercancías y conductores y pasajeros de los vehículos en servicios de urgencia tendrían que utilizar el cinturón de seguridad de forma obligatoria.


Prueba salival para detectar la droga

La nueva normativa de Trafico regula que las pruebas para la detección de drogas o sustancias psicoactivas consistirán "preferentemente" en una prueba salival indiciaria que "en caso de que arroje un resultado positivo o el interesado presente signos de haber consumido alguna de aquellas sustancias, implicara la obligación de facilitar saliva en cantidad suficiente para ser analizada en un laboratorio homologado". Los test de saliva ya estaban regulados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Texto Original de Martiño de Lopo. Curuxarallye y de La Razon día 8 de Marzo.